Actualidad laboral en Paraguay

Salario mínimo en Paraguay 2026: monto vigente, jornal y valor por hora

Desde el 1 de julio de 2026, el salario mínimo mensual para las actividades generales en Paraguay es de G. 3.044.000. Conoce el jornal mínimo, los valores por hora, el descuento del IPS y qué hacer si tu empleador no aplica el reajuste.

Actualizado el 20 de agosto de 2026 Lectura aproximada: 8 minutos Valores oficiales vigentes
Salario mensual G. 3.044.000 Actividades generales
Jornal mínimo G. 117.077 Trabajador jornalero
Hora diurna G. 12.683 Mensualizado, jornada general
Vigencia 01/07/2026 Reajuste del 5%

¿Cuál es el salario mínimo vigente en Paraguay?

5% Reajuste aprobado

El salario mínimo para las actividades generales aumentó de G. 2.899.048 a G. 3.044.000 mensuales. El nuevo monto se aplica desde el 1 de julio de 2026, conforme a la Resolución MTESS N.º 670/2026.

Monto anterior G. 2.899.048
Aumento nominal G. 144.952
Nuevo mínimo G. 3.044.000
El reajuste es obligatorio

Si tu contrato establecía un salario inferior al nuevo mínimo, el monto debe ajustarse automáticamente desde julio. No es necesario firmar un contrato nuevo para que el piso legal sea aplicable.

Tabla del salario mínimo 2026

Estos son los valores generales establecidos por el MTESS para trabajadores mensualizados y jornaleros.

Modalidad Jornada diurna Jornada nocturna
Salario mensual G. 3.044.000 G. 3.957.200
Jornal mínimo G. 117.077 G. 152.200
Día del mensualizado G. 101.467 G. 131.907
Hora del mensualizado G. 12.683 G. 18.844

Desliza la tabla hacia los costados si la estás viendo desde un teléfono celular. Los importes corresponden a actividades generales; algunas profesiones y actividades cuentan con escalas específicas.

Mensualizado y jornalero no significan lo mismo

Para obtener el valor diario del mensualizado se divide el salario entre 30. El jornal mínimo del trabajador pagado por día se determina sobre una base de 26 jornales. Por esta razón, los dos valores diarios son diferentes.

Trabajo a tiempo parcial y aprendizaje

Régimen Concepto Valor mínimo
Tiempo parcial Hora diurna G. 14.635
Hora nocturna G. 21.743
Aprendizaje y formación dual Salario mensual G. 1.826.400
Jornal G. 70.246
Jornada mixta

Cuando la jornada combina horas diurnas y nocturnas, la remuneración se integra con el valor correspondiente a cada tramo: las horas diurnas se pagan con su tarifa y las nocturnas con la tarifa nocturna aplicable.

¿Cuánto queda después del descuento del IPS?

Para un trabajador incluido en el régimen general del Instituto de Previsión Social, el aporte personal es del 9%. Si cobras exactamente el nuevo salario mínimo y no tienes otros descuentos, el cálculo de referencia es el siguiente:

G. 3.044.000 × 9% = G. 273.960 de aporte personal al IPS
Salario bruto G. 3.044.000
Aporte personal IPS, 9% − G. 273.960
Neto después del IPS G. 2.770.040

Este ejemplo considera únicamente el aporte personal del 9%. El resultado puede cambiar si existen otros descuentos, anticipos, embargos, ausencias, bonificaciones o conceptos que formen parte de la liquidación.

Valores de referencia para horas extra y feriados

Tomando como base los valores oficiales del salario mínimo, estas son referencias útiles para un trabajador mensualizado de actividades generales.

Concepto Cálculo de referencia Valor aproximado
Hora ordinaria diurna Valor oficial G. 12.683
Hora extra diurna G. 12.683 × 1,5 G. 19.025
Hora ordinaria nocturna Valor oficial G. 18.844
Hora extra nocturna G. 18.844 × 2 G. 37.688
Hora diurna en feriado G. 12.683 × 2 G. 25.366

Los resultados se muestran en guaraníes enteros. La liquidación concreta depende del salario real, el horario, la cantidad de horas y las reglas aplicables al tipo de jornada.

Hora extra diurna

Se paga con un recargo mínimo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria diurna.

Hora extra nocturna

Se calcula con un recargo del 100% sobre el valor de la hora ordinaria nocturna.

¿A quién se aplica el salario mínimo general?

El monto de G. 3.044.000 constituye el piso mensual para trabajadores de actividades generales alcanzados por el régimen. Sin embargo, no todas las ocupaciones utilizan exactamente la misma escala.

Actividades generales

Utilizan el salario mínimo mensual, el jornal y los valores por hora indicados en esta página.

Escalas específicas

Algunas actividades cuentan con salarios profesionales, categorías o mínimos diferenciados.

Regímenes especiales

El trabajo a tiempo parcial y el aprendizaje tienen valores y condiciones particulares.

Revisa la actividad y la categoría de tu empleo

Antes de comparar tu sueldo con el mínimo general, verifica si tu ocupación aparece en las tablas anexas de la Resolución MTESS N.º 670/2026. Una escala profesional puede establecer un monto superior.

Cómo revisar si te están pagando correctamente

No basta con mirar solamente el dinero recibido. Compara el salario bruto, las horas trabajadas y los descuentos incluidos en tu recibo de sueldo.

  1. Identifica tu modalidad de pago. Verifica si eres mensualizado, jornalero, trabajador a tiempo parcial o si perteneces a una escala profesional.
  2. Revisa el salario bruto. Para actividades generales y jornada completa, no debería quedar por debajo de G. 3.044.000 mensuales desde julio de 2026.
  3. Controla las horas y los adicionales. Separa las horas ordinarias, extras, nocturnas, mixtas y trabajadas en feriados.
  4. Comprueba el descuento del IPS. En el régimen general, el aporte personal del trabajador es del 9% sobre la remuneración alcanzada.
  5. Compara cada periodo por separado. El nuevo mínimo rige desde julio. Si ese mes fue liquidado con el valor anterior, puede existir una diferencia pendiente.
También impacta en otros conceptos salariales

Un aumento del salario genera una remuneración mayor desde su fecha de vigencia. Esto puede incidir en el aguinaldo, las vacaciones, las horas extra y una eventual liquidación final, según los periodos y conceptos incluidos en cada cálculo.

Diferencias salariales

¿Qué puedes hacer si te pagan menos del mínimo?

El artículo 259 del Código del Trabajo establece que la fijación del salario mínimo modifica automáticamente los contratos que quedaron por debajo del nuevo piso. La cláusula inferior al mínimo no prevalece y el trabajador puede reclamar el complemento adeudado.

  • Guarda tus recibos de sueldo, transferencias, planillas de horario y comunicaciones relacionadas con el pago.
  • Calcula la diferencia correspondiente a cada mes o jornal desde la entrada en vigencia del reajuste.
  • Solicita la corrección y deja constancia escrita del pedido.
  • Si la situación no se regulariza, utiliza los canales de denuncia laboral habilitados por el MTESS.
Procedimiento especial desde agosto de 2026

La Resolución MTESS N.º 780/2026 estableció un procedimiento especial y abreviado para reclamos relacionados con el incumplimiento del reajuste del salario mínimo. La medida no cambia el monto, pero facilita la gestión de las diferencias salariales.

También puedes acudir a la sede del MTESS, ubicada en Herrera esquina Paraguarí, Asunción, o consultar en las oficinas regionales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el salario mínimo en Paraguay en 2026?

El salario mínimo mensual para actividades generales es de G. 3.044.000 desde el 1 de julio de 2026. El jornal mínimo es de G. 117.077.

¿Desde cuándo se aplica el nuevo salario mínimo?

Se aplica desde el 1 de julio de 2026. Las liquidaciones de periodos anteriores utilizan el salario que estaba vigente en cada fecha.

¿Cuánto queda del salario mínimo después del IPS?

Considerando solamente el aporte personal del IPS del 9%, el resultado de referencia es G. 2.770.040. Otros descuentos o conceptos pueden modificar el neto final.

¿Cuál es el valor de una hora diurna?

Para un trabajador mensualizado de actividades generales, la hora ordinaria diurna de referencia es G. 12.683. La hora ordinaria nocturna es G. 18.844.

¿Cuánto vale una hora extra con el salario mínimo?

La hora extra diurna equivale aproximadamente a G. 19.025, tomando el valor ordinario diurno de G. 12.683 más el recargo del 50%. La cantidad exacta depende del salario real y del tipo de jornada.

¿El salario mínimo también se aplica al trabajo parcial?

El trabajo a tiempo parcial cuenta con valores mínimos propios: G. 14.635 por hora diurna y G. 21.743 por hora nocturna, según la tabla vigente.

¿Todas las actividades tienen el mismo salario mínimo?

No. El valor general se aplica a las actividades alcanzadas por esa categoría, pero existen profesiones, actividades y regímenes con escalas específicas. Conviene revisar los anexos oficiales antes de determinar el mínimo aplicable.

¿Qué pasa si mi empleador sigue pagando el monto anterior?

Puedes reclamar la diferencia desde la fecha de vigencia del reajuste. El MTESS habilita denuncias laborales en línea, por WhatsApp y de manera presencial.

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